{"id":91207,"date":"2021-08-05T08:10:20","date_gmt":"2021-08-05T13:10:20","guid":{"rendered":"http:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=91207"},"modified":"2021-08-05T08:10:20","modified_gmt":"2021-08-05T13:10:20","slug":"revoca-tet-constancia-de-mayoria-al-pt-en-zacualpan-ordena-al-ite-darla-a-movimiento-ciudadano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=91207","title":{"rendered":"Revoca TET constancia de mayor\u00eda al PT en Zacualpan; ordena al ITE darla a Movimiento Ciudadano"},"content":{"rendered":"\n<p>Derivado de una recomposici\u00f3n del c\u00f3mputo municipal de la\nelecci\u00f3n de ayuntamiento en San Jer\u00f3nimo Zacualpan, a ra\u00edz de una diligencia en\nel recuento de votos nulos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET)\nrevoc\u00f3 la constancia de mayor\u00eda entregada al Partido del Trabajo (PT) y orden\u00f3\nal Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) expedirla a favor del Partido\nMovimiento Ciudadano.<\/p>\n\n\n\n<p>La recomposici\u00f3n del c\u00f3mputo fue aprobada por mayor\u00eda de\nvotos, emitidos por el magistrado Jos\u00e9 Lumbreras Garc\u00eda y la magistrada Claudia\nSalvador \u00c1ngel, pues el magistrado Miguel Nava Xochitiotzi emiti\u00f3 un voto\nparticular al pronunciarse por la confirmaci\u00f3n de la constancia de mayor\u00eda a\nfavor del PT.<\/p>\n\n\n\n<p>Lumbreras Garc\u00eda y Salvador \u00c1ngel coincidieron en que de\nconformidad con la diligencia de inspecci\u00f3n desahogada el pasado primero de\nagosto, no fue posible verificar los votos nulos de la casilla 433 b\u00e1sica, lo\ncual \u201cevidenci\u00f3 una falta de profesionalismo con la que se condujeron los\nintegrantes del consejo municipal de Zacualpan\u201d, pues \u201clo ordinario ser\u00eda que\ntales votos estuvieran en el paquete correspondiente o en alg\u00fan otro paquete\nelectoral, pero por lo contrario, al abrir los paquetes, en ninguno de ellos se\nadvirti\u00f3 que se encontraran los votos nulos de la referida casilla 433 b\u00e1sica\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Precisaron que la apertura de paquetes y el recuento de\nvotos no generaron certeza de los resultados, debido a que existieron\ndiscrepancias no razonables entre las actas individuales de escrutinio y\nc\u00f3mputo levantadas con motivo del recuento, y aquellas generadas el d\u00eda de la\njornada electoral. Y es que el resultado, se\u00f1alaron, reflej\u00f3 una disminuci\u00f3n\nconsiderable en el n\u00famero de votos obtenidos por Movimiento Ciudadano y un\naumento en el n\u00famero de votos nulos, y de los emitidos en favor del PT.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSe aprecia que la disminuci\u00f3n de votos en perjuicio de\nMovimiento Ciudadano fue sistem\u00e1tica en las 4 casillas que fueron revisadas,\nconsiderando que no fueron encontrados los votos nulos de una casilla, as\u00ed como\nla adici\u00f3n de votos a favor del PT\u201d, subrayaron en sesi\u00f3n virtual realizada la\nnoche del 04 de noviembre.<\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto, en las circunstancias ocurridas y ante la falta\nde otros elementos, \u201cse debe tener a las actas exhibidas en el expediente en\nque se act\u00faa como las reproducciones exactas, fieles y aut\u00e9nticas de la\nvoluntad ciudadana. As\u00ed, derivado de la recomposici\u00f3n del c\u00f3mputo municipal, se\nrevoca la constancia entregada al PT, y debe expedirse a favor de la f\u00f3rmula\npostulada por el Partido Movimiento Ciudadano\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Revoca TET constancias de mayor\u00eda en La Candelaria\nTeotlalpan y Xocoyucan<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, por unanimidad de votos el Pleno del TET\ndeclar\u00f3 la validez de la elecci\u00f3n a la presidencia&nbsp;de comunidad de La\nCandelaria Teotlalpan, municipio de Totolac, pero determin\u00f3 revocar la\nconstancia de mayor\u00eda expedida por el consejo municipal en favor del Partido\nMovimiento de Regeneraci\u00f3n Nacional (Morena), a fin de que se lleve a cabo una\nelecci\u00f3n extraordinaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo anterior, debido a que una diligencia de verificaci\u00f3n de\nvotos en las casillas 511 B\u00e1sica y Contigua 1, mismas que constituyen la\ntotalidad de casillas instaladas en esa comunidad, arroj\u00f3 como resultado que\nMorena y el Partido Nueva Alianza (Panal) obtuvieran el mismo n\u00famero de votos\n(109 cada uno), lo cual genera un empate y, consecuentemente, la necesidad de\nla realizaci\u00f3n de elecciones extraordinarias en esa comunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero adem\u00e1s, el Pleno del TET resolvi\u00f3 entregar una copia de\nsu sentencia al Consejo General del ITE, a fin de que determine la\n\u201cresponsabilidad atinente de las y los integrantes del consejo municipal\u201d por\nhacer una adici\u00f3n unilateral posterior al recuento de votos a favor de Morena.<\/p>\n\n\n\n<p>En otro expediente relativo a la elecci\u00f3n de presidencia de\ncomunidad en San Diego Xocoyucan, el Pleno del Tribunal Electoral tambi\u00e9n\nrevoc\u00f3&nbsp;la constancia de mayor\u00eda y validez que en su momento\nexpidi\u00f3&nbsp;el consejo municipal, a fin de que el ITE proceda entregarla al\nPT.<\/p>\n\n\n\n<p>Ello debido a que&nbsp;los integrantes de la mesa directiva\nde casilla contigua 03, de la secci\u00f3n 251, plasmaron incorrectamente los datos\nen el acta de escrutinio y c\u00f3mputo respecto de la votaci\u00f3n para presidente de comunidad.\nEn su lugar asentaron los resultados de la elecci\u00f3n a diputados locales, error\nque alter\u00f3 los resultados finales, lo cual se pudo corroborar en la realizaci\u00f3n\nde una diligencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, el Pleno del TET orden\u00f3&nbsp;dar vista al\nConsejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el actuar \u201cnegligente\u201d\nde las y los integrantes del Consejo General del ITE, o bien de quien resulte\nresponsable, al provocar una vulneraci\u00f3n grave y directa en el derecho\npol\u00edtico-electoral de la ciudadana Estefan\u00eda S\u00e1nchez M\u00e1rquez, al no registrarla\ncomo candidata a la presidencia de comunidad del Barrio de San Bartolom\u00e9 del\nmunicipio de San Pablo del Monte, y no haber impreso su nombre y el del partido\npol\u00edtico que la postul\u00f3, en la boleta electoral a pesar de haber cubierto los\nrequisitos legales para ello.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, ya sea por desechamiento, por lo inoperantes o\npor lo infundado de los agravios, el Pleno del TET confirm\u00f3 la validez de las\nelecciones y el otorgamiento de las constancias de mayor\u00eda en los casos de las\npresidencias de comunidad de Santa Anita, Huamantla; San Bartolom\u00e9, San Pablo\ndel Monte; Colonia Cuauht\u00e9moc, Huamantla; Jos\u00e9 Mar\u00eda Morelos, Huamantla;\nCuatla, Xaltocan; Santa Isabel, Tetlatlahuca; Mariano Matamoros, Huamantla;\nAhuahuastepec, Tzompantepec; San Gabriel Cuahutla, Tlaxcala; La Preciosa,\nHuamantla; San Sebasti\u00e1n, Huamantla; San Antonio Tecoac, Ixtacuixtla; y Santa\nFe La Troje, Tetla de la Solidaridad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Derivado de una recomposici\u00f3n del c\u00f3mputo municipal de la elecci\u00f3n de ayuntamiento en San Jer\u00f3nimo Zacualpan, a ra\u00edz de una diligencia en el recuento de votos nulos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revoc\u00f3 la constancia de mayor\u00eda entregada al Partido del Trabajo (PT) y orden\u00f3 al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) expedirla [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":91208,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-91207","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-local"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/91207","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=91207"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/91207\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":91209,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/91207\/revisions\/91209"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/91208"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=91207"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=91207"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=91207"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}