{"id":88083,"date":"2021-02-15T09:05:21","date_gmt":"2021-02-15T14:05:21","guid":{"rendered":"http:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=88083"},"modified":"2021-02-15T09:05:23","modified_gmt":"2021-02-15T14:05:23","slug":"reanudara-poder-judicial-actividades-a-partir-del-15-de-febrero-con-restricciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=88083","title":{"rendered":"Reanudar\u00e1 Poder Judicial actividades a partir del 15 de febrero, con restricciones"},"content":{"rendered":"\n<p>Por unanimidad de votos, este viernes, los integrantes del\nConsejo de la Judicatura del Estado, determinaron reanudar a partir del 15 de\nfebrero, con algunas restricciones, los plazos y t\u00e9rminos en materia civil,\nfamiliar y mercantil, recibiendo todos los escritos y demandas salvo las\ndiligencias; en tanto que en materia penal, de investigaci\u00f3n y el Centro\nEstatal de Justicia Alternativa (CEJA) el retorno ser\u00e1 total en ambos sistemas.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed lo inform\u00f3 el magistrado presidente del Tribunal\nSuperior de Justicia (TSJE) y del Consejo de la Judicatura del Estado (CJE),\nFernando Bernal Salazar, quien manifest\u00f3 que la decisi\u00f3n de reanudar todas las\nactividades, se bas\u00f3 en la disminuci\u00f3n que ha existido en el n\u00famero de\ncontagios en la entidad, aunque las medidas restrictivas deber\u00e1n acatarse al\npie de la letra.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta forma, en el caso de las materias civil, familiar y\nmercantil, se restringir\u00e1 totalmente el acceso de personas distintas a las y\nlos servidores p\u00fablicos del Poder Judicial del Estado a las \u00e1reas que conforman\ndichos \u00f3rganos; se suspende el desahogo de todas las diligencias acordadas que\nrequieran de la presencia de las partes en las instalaciones del \u00f3rgano\njurisdiccional, as\u00ed como las que deban desahogarse fuera de dichas\ninstalaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Solo de forma excepcional y atendiendo a la urgencia del\ncaso o al vencimiento de plazos y t\u00e9rminos, el titular de cada \u00f3rgano o quien\n\u00e9ste designe, autorizar\u00e1 el ingreso de personas, el desahogo de diligencias y\nnotificaci\u00f3n de acuerdos y resoluciones relacionados con \u00e9ste, as\u00ed como el\npr\u00e9stamo de expedientes para consulta de las partes;<\/p>\n\n\n\n<p>Las oficial\u00edas de partes recibir\u00e1n todas las demandas y\npromociones que se presenten y se abstendr\u00e1n de realizar el pr\u00e9stamo de\nexpedientes para consulta de las partes, debiendo observar en la atenci\u00f3n a las\npersonas, el Protocolo y Lineamientos autorizados por el Consejo de la\nJudicatura. <\/p>\n\n\n\n<p>En materia penal, de investigaci\u00f3n y substanciaci\u00f3n de\nexpedientes de presunta responsabilidad administrativas, as\u00ed como en el CEJA y\nsus centros regionales, debido al n\u00famero de casos que se presentan, la\nreanudaci\u00f3n ser\u00e1 plena de actividades en los juzgados Penal del Distrito\nJudicial de Guridi y Alcocer y Penal del Distrito Judicial de S\u00e1nchez Piedras y\nEspecializado en Administraci\u00f3n de Justicia para Adolescentes del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>En el Sistema Penal Acusatorio, se determina la reanudaci\u00f3n\nplena de actividades en los juzgados de Control y de Juicio Oral del Distrito\nJudicial de Guridi y Alcocer y de Control y de Juicio Oral del Distrito\nJudicial de S\u00e1nchez Piedras y Especializado en Justicia para Adolescentes del\nEstado de Tlaxcala.<\/p>\n\n\n\n<p>En las causas judiciales donde el imputado o acusado cuente\ncon varios defensores o la v\u00edctima u ofendido, con varios asesores jur\u00eddicos, o\nbien haya multiplicidad de personas que deban intervenir como partes, el Juez\nde Control o el Presidente del Tribunal de Enjuiciamiento pedir\u00e1 que la\nrepresentaci\u00f3n recaiga s\u00f3lo en uno de ellos y en caso de que alguno niegue, la\naudiencia deber\u00e1 ser suspendida y reprogramada; bajo las mismas medidas ser\u00e1 el\nretorno del Juzgado de Ejecuci\u00f3n Especializado de Medidas Aplicables a\nAdolescentes y de Ejecuci\u00f3n de Sanciones Penales.<\/p>\n\n\n\n<p>El titular de cada \u00f3rgano jurisdiccional, de investigaci\u00f3n y\nsubstanciaci\u00f3n de expedientes de presunta responsabilidad administrativas, el\nCEJA y sus centros regionales, as\u00ed como de las \u00e1reas administrativas, podr\u00e1\nimplementar aquellas medidas que estime procedentes para el desarrollo de las\nactividades a puerta cerrada.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pleno del TSJE y las Salas determinar\u00e1n, en su caso, la\naplicaci\u00f3n de las medidas adicionales de prevenci\u00f3n que resulten adecuadas para\nel cumplimiento de sus atribuciones y se reiter\u00f3 que en todos los casos, deber\u00e1\nobservarse al pie de la letra tanto el Protocolo que Establece las Medidas de\nSeguridad Sanitaria, as\u00ed como los Lineamientos aprobados por el Consejo de la\nJudicatura, dejando en claro que todos los acuerdos son temporales y podr\u00e1n ser\nmodificados, actualizados o suspendidos, de ser necesario.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por unanimidad de votos, este viernes, los integrantes del Consejo de la Judicatura del Estado, determinaron reanudar a partir del 15 de febrero, con algunas restricciones, los plazos y t\u00e9rminos en materia civil, familiar y mercantil, recibiendo todos los escritos y demandas salvo las diligencias; 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