{"id":87413,"date":"2021-01-19T09:19:26","date_gmt":"2021-01-19T14:19:26","guid":{"rendered":"http:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=87413"},"modified":"2021-01-19T09:19:28","modified_gmt":"2021-01-19T14:19:28","slug":"suspende-tsje-actividades-hasta-el-31-de-enero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=87413","title":{"rendered":"Suspende TSJE actividades hasta el 31 de enero"},"content":{"rendered":"\n<p>Debido a que el Consejo Estatal de Salud aval\u00f3 la\ndisposici\u00f3n para pasar a sem\u00e1foro rojo, los integrantes del Consejo de la\nJudicatura (CJE) del Poder Judicial de Tlaxcala, determinaron suspender las\nactividades en los \u00f3rganos jurisdiccionales y administrativos del Tribunal\nSuperior de Justicia del Estado (TSJE) del 19 al 31 de enero y determinaron\nestablecer guardias en los juzgados de Cuauht\u00e9moc y Guridi y Alcocer para\natender los casos urgentes.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed lo inform\u00f3 el magistrado presidente del TSJE y del CJE,\nFernando Bernal Salazar, quienes refiri\u00f3 que, con el acuerdo avalado por\nunanimidad de votos, se dejaron sin efecto los numerales SEXTO y S\u00c9PTIMO del\nAcuerdo II\/01\/2021 en el que se hab\u00eda determinado el regreso de los\ntrabajadores a puerta cerrada.<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, con la finalidad de evitar riesgos de contagio,\nse declar\u00f3 como d\u00edas inh\u00e1biles con suspensi\u00f3n de labores para todos los \u00f3rganos\njurisdiccionales, de investigaci\u00f3n y substanciaci\u00f3n de expedientes de presunta\nresponsabilidad administrativas, el Centro Estatal de Justicia Alternativa del\nEstado y sus centros regionales, as\u00ed como las \u00e1reas administrativas, todos del\nPoder Judicial del Estado de Tlaxcala, el periodo comprendido del 19 al 31 de\nenero de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Como ya se mencion\u00f3, en las materias Penal y de Ejecuci\u00f3n de\nSanciones, Civil, Familiar y Mercantil, para la primera y segunda instancias,\nas\u00ed como de investigaci\u00f3n y substanciaci\u00f3n de expedientes de presunta\nresponsabilidad administrativas, se declara la suspensi\u00f3n de todos los plazos y\nt\u00e9rminos por el mismo periodo, debiendo reanudarse el c\u00f3mputo de los mismos al\nd\u00eda siguiente h\u00e1bil a que concluya esta suspensi\u00f3n en el punto en que fueron\npausados, toda vez que son suspendidos, no interrumpidos. <\/p>\n\n\n\n<p>Las guardias correspondientes ser\u00e1n en el Juzgado Penal del\nDistrito Judicial de Guridi y Alcocer, as\u00ed como en el Penal del Distrito\nJudicial de S\u00e1nchez Piedras y Especializado en Administraci\u00f3n de Justicia para\nAdolescentes, para la atenci\u00f3n de asuntos urgentes, al igual que en los\nJuzgados de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer\ny de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de S\u00e1nchez Piedras y\nEspecializado en Justicia para Adolescentes del Estado de Tlaxcala, debiendo\nestablecerse en cada juzgado la guardia respectiva a cargo de uno de los jueces\nde esa adscripci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>Los juzgados Primero y Segundo de lo Familiar del Distrito\nJudicial de Cuauht\u00e9moc conocer\u00e1n por turno de los asuntos urgentes en los que\ndeban decretarse medidas de protecci\u00f3n en favor de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescente,\ny las que se establecen en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida\nLibre de Violencia; as\u00ed como los referentes a tr\u00e1mites urgentes de Diligencias\nde Alimentos Provisionales y de consignaci\u00f3n y entrega de pensiones\nalimenticias.<\/p>\n\n\n\n<p>El Centro Estatal de Justicia Alternativa del Estado\nestablecer\u00e1 tambi\u00e9n durante dicho periodo la guardia respectiva en la sede de\nCiudad Judicial, a efecto de mediar en asuntos de naturaleza familiar urgentes;\nlos titulares de las \u00e1reas que resulten indispensables para el funcionamiento\ndel Poder Judicial tambi\u00e9n establecer\u00e1n guardias.<\/p>\n\n\n\n<p>Solo quedan exentos de guardias, las personas servidoras\np\u00fablicas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad por condiciones de comorbilidad; el\npleno del TSJE y las Salas determinar\u00e1n, en su caso, la aplicaci\u00f3n de las\nmedidas de prevenci\u00f3n adicionales que resulten adecuadas para el cumplimiento\nde sus atribuciones; por cuanto hace al Consejo de la Judicatura, sus\nintegrantes deber\u00e1n tener la disposici\u00f3n permanente para emitir los acuerdos\nque resulten oportunos a las medidas que emita las autoridades sanitarias,\nfederal y estatal.<\/p>\n\n\n\n<p>En todos los casos, quienes efect\u00faen las guardias deber\u00e1n\nobservar lo previsto en el \u201cProtocolo que establece las medidas de seguridad\nsanitaria para la reanudaci\u00f3n y reincorporaci\u00f3n a las actividades\nadministrativas y jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala\nante la pandemia provocada por el virus Sars-Cov-2\u201d y los \u201cLineamientos para la\nreanudaci\u00f3n y reincorporaci\u00f3n a las actividades jurisdiccionales y\nadministrativas, de manera ordenada, paulatina, controlada, responsable,\nprogresiva y segura, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el\nvirus Sars-cov2 (covid-19)\u201d; todas las medidas son temporales y podr\u00e1n ser\nmodificadas, actualizadas o suspendidas por el Consejo de la Judicatura del\nEstado de Tlaxcala.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Debido a que el Consejo Estatal de Salud aval\u00f3 la disposici\u00f3n para pasar a sem\u00e1foro rojo, los integrantes del Consejo de la Judicatura (CJE) del Poder Judicial de Tlaxcala, determinaron suspender las actividades en los \u00f3rganos jurisdiccionales y administrativos del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) del 19 al 31 de enero y determinaron [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":87414,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-87413","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-local"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/87413","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=87413"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/87413\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":87415,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/87413\/revisions\/87415"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/87414"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=87413"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=87413"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=87413"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}