{"id":64927,"date":"2018-09-14T08:22:31","date_gmt":"2018-09-14T13:22:31","guid":{"rendered":"http:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=64927"},"modified":"2018-09-14T08:22:31","modified_gmt":"2018-09-14T13:22:31","slug":"proponen-reformas-constitucionales-para-que-estado-garantice-derechos-a-la-primera-infancia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=64927","title":{"rendered":"Proponen reformas constitucionales para que estado garantice derechos a la primera infancia"},"content":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n ordinaria, el diputado del grupo parlamentario del Partido Acci\u00f3n Nacional, Omar Milton L\u00f3pez Avenda\u00f1o, dio lectura a la iniciativa para adecuar diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica Local con el fin de que el Estado garantice los derechos de la primera infancia.<\/p>\n<p>En el documento dado a conocer, L\u00f3pez Avenda\u00f1o, puso de manifiesto el deber de esta Soberan\u00eda por legislar en materia del derecho humano protector de la primera infancia a efecto de establecer las bases constitucionales que den paso a la promoci\u00f3n de las reformas legales encaminadas a la protecci\u00f3n de la primera infancia de modo que se logre una efectividad plena en su ejercicio y protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Mencion\u00f3 que acuerdo con la UNICEF, se entiende por primera infancia, al per\u00edodo que transcurre desde el nacimiento, el primer a\u00f1o de vida, el periodo preescolar hasta la transici\u00f3n hacia el periodo escolar; por lo que partiendo de dicha definici\u00f3n, podemos referir que se trata de un periodo esencial para el ejercicio y desarrollo de los derechos de los m\u00e1s peque\u00f1os, pues el cuidado f\u00edsico y afectivo temprano repercute en forma decisiva y duradera en la evoluci\u00f3n del ni\u00f1o y en el desarrollo de su capacidad de aprender y regular sus emociones.<\/p>\n<p>En este tenor, refiri\u00f3 que la primera infancia es la edad en que se afirman las bases para el resto de la vida y por ello es fundamental velar porque los ni\u00f1os m\u00e1s peque\u00f1os adquieran experiencias positivas, porque sus derechos sean garantizados y porque se satisfagan sus necesidades en materia de salud, estimulaci\u00f3n y ayuda para que de esta forma alcancen el bienestar y desarrollo \u00f3ptimo.<\/p>\n<p>Asimismo, y tomando en consideraci\u00f3n que la ni\u00f1ez es uno de los pilares fundamentales sobre los que se construye la democracia y el desarrollo de una naci\u00f3n, es necesario que se establezca la reforma constitucional que siente las bases para que en el Estado de Tlaxcala se pongan en marcha acciones orientadas a alcanzar el nivel de vida adecuado para el desarrollo f\u00edsico, mental, espiritual, moral y social de los ni\u00f1os desde su nacimiento hasta la transici\u00f3n hacia el periodo escolar.<\/p>\n<p>Cabe mencionar que la iniciativa se remiti\u00f3 a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Gobernaci\u00f3n y Justicia y Asuntos Pol\u00edticos y a la de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derechos de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes, para su estudio, an\u00e1lisis y dictamen correspondiente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n ordinaria, el diputado del grupo parlamentario del Partido Acci\u00f3n Nacional, Omar Milton L\u00f3pez Avenda\u00f1o, dio lectura a la iniciativa para adecuar diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica Local con el fin de que el Estado garantice los derechos de la primera infancia.<br \/>\nEn el documento dado a conocer, L\u00f3pez Avenda\u00f1o, puso de manifiesto el deber de esta Soberan\u00eda por legislar en materia del derecho humano protector de la primera infancia a efecto de establecer las bases constitucionales que den paso a la promoci\u00f3n de las reformas legales encaminadas a la protecci\u00f3n de la primera infancia de modo que se logre una efectividad plena en su ejercicio y protecci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":64928,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-64927","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-local"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/64927","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=64927"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/64927\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":64929,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/64927\/revisions\/64929"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/64928"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=64927"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=64927"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=64927"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}