{"id":60255,"date":"2018-02-23T09:39:02","date_gmt":"2018-02-23T14:39:02","guid":{"rendered":"http:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=60255"},"modified":"2018-02-23T09:39:02","modified_gmt":"2018-02-23T14:39:02","slug":"aprueba-congreso-por-unanimidad-ley-del-sistema-anticorrupcion-del-estado-de-tlaxcala","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=60255","title":{"rendered":"Aprueba Congreso por unanimidad Ley del Sistema Anticorrupci\u00f3n del Estado de Tlaxcala"},"content":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n ordinaria, los Diputados de la LXII Legislatura Local aprobaron por unanimidad el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Gobernaci\u00f3n y Justicia y Asuntos Pol\u00edticos, de Informaci\u00f3n P\u00fablica y Protecci\u00f3n de Datos Personales, de Finanzas y Fiscalizaci\u00f3n y la de Protecci\u00f3n Civil, por el que se expide la Ley del Sistema Anticorrupci\u00f3n del Estado de Tlaxcala.<\/p>\n<p>En el dictamen dado a conocer por los diputados Enrique Padilla S\u00e1nchez, C\u00e9sar Fredy Cuatecontzi Cuahutle y Sandra Corona Padilla, se dijo que el mismo se integra de las propuestas presentadas en su oportunidad por los legisladores Mar\u00eda Guadalupe S\u00e1nchez Santiago; Enrique Padilla S\u00e1nchez; el Grupo Parlamentario del Partido de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica, y el Gobernador del Estado, Marco Antonio Mena Rodr\u00edguez.<\/p>\n<p>Se destac\u00f3 que por objeto establecer las bases del Sistema Anticorrupci\u00f3n del Estado de Tlaxcala, de acuerdo con lo previsto en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estado Unidos Mexicanos, la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupci\u00f3n.<\/p>\n<p>Asimismo, se mencion\u00f3 que con la emisi\u00f3n de este ordenamiento se crea un esquema de justicia administrativa a cargo del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tlaxcala, el que estar\u00e1 dotado de plena autonom\u00eda para dictar sus fallos y la ley establecer\u00e1 su organizaci\u00f3n, funcionamiento, procedimientos y, en su caso, recursos contra sus resoluciones; adem\u00e1s de corresponderle imponer las sanciones a los servidores p\u00fablicos de los tres poderes y \u00f3rganos constitucionales aut\u00f3nomos del Estado y, en su caso a los municipios, por las responsabilidades administrativas graves y a los particulares que participen en hechos vinculados con dichas responsabilidades.<\/p>\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n, se mencion\u00f3 que el Sistema Anticorrupci\u00f3n del Estado de Tlaxcala, ser\u00e1 la instancia de coordinaci\u00f3n entre las autoridades locales de los \u00f3rdenes de Gobierno competentes en la prevenci\u00f3n, detecci\u00f3n y sanci\u00f3n de responsabilidades administrativas y hechos de corrupci\u00f3n, as\u00ed como en la fiscalizaci\u00f3n y control de recursos p\u00fablicos, dicho Sistema contar\u00e1 con un comit\u00e9 coordinador integrado por el Presidente del Comit\u00e9 de Participaci\u00f3n Ciudadana; los titulares del \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n Superior del Estado de Tlaxcala, la Contralor\u00eda del Ejecutivo del Estado de Tlaxcala -Responsable del Control Interno, del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tlaxcala, de la Fiscal\u00eda Especializada en Combate a la Corrupci\u00f3n, el Consejero Presidente del Instituto de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, y el\u00a0 representante del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala.<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 de Participaci\u00f3n Ciudadana, se indic\u00f3 estar\u00e1 integrado por cinco personas que preferentemente tengan experiencia en materias de transparencia, rendici\u00f3n de cuentas o combate a la corrupci\u00f3n, adem\u00e1s de ser elegidos por el voto de las dos terceras partes de las y los miembros presentes del Congreso del Estado.<\/p>\n<p>Por otra parte, se destac\u00f3 la creaci\u00f3n de una Fiscal\u00eda Especializada en Combate a la Corrupci\u00f3n, dependiente de la Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado, dotada de autonom\u00eda t\u00e9cnica y operativa para investigar y perseguir las conductas consideradas como hechos de corrupci\u00f3n que sancione la normatividad local, cuando no sea competencia de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n ordinaria, los Diputados de la LXII Legislatura Local aprobaron por unanimidad el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Gobernaci\u00f3n y Justicia y Asuntos Pol\u00edticos, de Informaci\u00f3n P\u00fablica y Protecci\u00f3n de Datos Personales, de Finanzas y Fiscalizaci\u00f3n y la de Protecci\u00f3n Civil, por el que se expide la Ley del Sistema Anticorrupci\u00f3n del Estado de Tlaxcala.<br \/>\nEn el dictamen dado a conocer por los diputados Enrique Padilla S\u00e1nchez, C\u00e9sar Fredy Cuatecontzi Cuahutle y Sandra Corona Padilla, se dijo que el mismo se integra de las propuestas presentadas en su oportunidad por los legisladores Mar\u00eda Guadalupe S\u00e1nchez Santiago; Enrique Padilla S\u00e1nchez; el Grupo Parlamentario del Partido de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica, y el Gobernador del Estado, Marco Antonio Mena Rodr\u00edguez.<br \/>\nSe destac\u00f3 que por objeto establecer las bases del Sistema Anticorrupci\u00f3n del Estado de Tlaxcala, de acuerdo con lo previsto en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estado Unidos Mexicanos, la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":60256,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-60255","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-local"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/60255","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=60255"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/60255\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":60257,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/60255\/revisions\/60257"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/60256"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=60255"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=60255"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=60255"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}