{"id":47068,"date":"2016-09-26T08:37:41","date_gmt":"2016-09-26T13:37:41","guid":{"rendered":"http:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=47068"},"modified":"2016-09-26T08:37:41","modified_gmt":"2016-09-26T13:37:41","slug":"confirma-tet-validez-de-la-eleccion-en-el-distrito-xii-de-teolocholco","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=47068","title":{"rendered":"Confirma TET validez de la elecci\u00f3n en el distrito XII de Teolocholco"},"content":{"rendered":"<p>El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirm\u00f3 la declaraci\u00f3n de validez de la elecci\u00f3n en el distrito XII con cabecera en Teolocholco, as\u00ed como la entrega de la constancia de mayor\u00eda a Fidel \u00c1guila Rodr\u00edguez, postulado por la coalici\u00f3n integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de M\u00e9xico (PVEM) y Nueva Alianza (Panal).<\/p>\n<p>Al resolver el expediente TET-JE-239\/2016 promovido por el Partido de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica (PRD), los magistrados electorales calificaron como fundados pero insuficientes los agravios expuestos por el actor, los cuales pusieran en riesgo la nulidad de la elecci\u00f3n.<\/p>\n<p>El PRD expuso que el n\u00famero de electores incluidos en las listas nominales de las casillas instaladas en el distrito, era superado hasta con 135 boletas de m\u00e1s, por lo que exist\u00edan mil 966 m\u00e1s boletas que electores.<\/p>\n<p>De igual forma, aduc\u00eda que un excedente de boletas que rebasaban con mucho el n\u00famero de representantes que pudieran haberse acreditado en cada casilla, adem\u00e1s de que el n\u00famero de boletas adicionales no se consign\u00f3 en acuerdo alguno del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) o del Instituto Nacional Electoral (INE).<\/p>\n<p>En ese sentido, argumentaba una falta de certeza y de legalidad de la elecci\u00f3n, adem\u00e1s de una irregularidad grave y determinante para el resultado de los comicios con la intenci\u00f3n de favorecer a alg\u00fan candidato o partido pol\u00edtico.<\/p>\n<p>Sin embargo, los magistrados calificaron como fundados pero insuficientes los motivos de disenso expuestos por el PRD, pues de una an\u00e1lisis respecto de la votaci\u00f3n total emitida, las boletas sobrantes y las\u00a0 boletas entregadas, se desprende que no se entregaron boletas de m\u00e1s a las necesarias para la elecci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cEn el caso concreto, se entregaron a cada presidente de mesa directiva de casilla, 22 boletas adicionales por cada casilla, a fin de que los representantes de los partidos pol\u00edticos pudieran ejercer su derecho al sufragio\u201d, expuso la ponencia del magistrado Hugo Morales An\u00e1lisis.<\/p>\n<p>En lo que hace al agravio consistente en que el n\u00famero de electores incluidos en las listas nominales de cada una de las casillas instaladas en el distrito, era superado hasta con 135 boletas de m\u00e1s, el argumento result\u00f3 fundado pero insuficiente.<\/p>\n<p>Lo anterior, en raz\u00f3n de que \u201cde un an\u00e1lisis a las casillas materia de la elecci\u00f3n, se desprende que \u00fanicamente en una de ellas existe una diferencia determinante, siendo esta la casilla 266 contigua 2, en la que la diferencia entre el primero y segundo lugar fue\u00a0 apenas de un voto, mientras que las boletas de m\u00e1s ascienden a la cantidad de 6. Sin embargo, en dicha casilla result\u00f3 vencedor el hoy impugnante, por lo que su eventual nulidad generar\u00eda un perjuicio mayor que el beneficio obtenido\u201d.<\/p>\n<p>Aunado a lo anterior, los magistrados del TET estimaron que el error detectado en aquellas casillas donde la diferencia fue m\u00ednima, puede ser subsanado si se toma en cuenta que dichas boletas pudieron corresponder a diversos ciudadanos que depositaron su boleta en una urna diversa a la que les correspond\u00eda, situaci\u00f3n que com\u00fanmente acontece, considerando que en algunas de esas secciones se colocaron casillas b\u00e1sicas contiguas y dobles contiguas\u201d.<\/p>\n<p>El resolutivo aprobado por el Pleno del TET consider\u00f3 relevante que de la sumatoria a las boletas en estudio, se obtuvo que \u00e9stas ascienden a 45, por lo que atendiendo a que la diferencia total entre el primero y segundo lugar es de 272 votos, resulta claro que dicha cantidad de boletas no fue determinante para el resultado de la elecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por todo ello, confirm\u00f3 la declaraci\u00f3n de validez de la y elecci\u00f3n la entrega de la constancia de mayor\u00eda a favor del Fidel \u00c1guila Rodr\u00edguez, postulado por el PRI, PVEM y Panal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirm\u00f3 la declaraci\u00f3n de validez de la elecci\u00f3n en el distrito XII con cabecera en Teolocholco, as\u00ed como la entrega de la constancia de mayor\u00eda a Fidel \u00c1guila Rodr\u00edguez, postulado por la coalici\u00f3n integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de M\u00e9xico (PVEM) y Nueva Alianza (Panal).<br \/>\nAl resolver el expediente TET-JE-239\/2016 promovido por el Partido de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica (PRD), los magistrados electorales calificaron como fundados pero insuficientes los agravios expuestos por el actor, los cuales pusieran en riesgo la nulidad de la elecci\u00f3n.<br \/>\nEl PRD expuso que el n\u00famero de electores incluidos en las listas nominales de las casillas instaladas en el distrito, era superado hasta con 135 boletas de m\u00e1s, por lo que exist\u00edan mil 966 m\u00e1s boletas que electores.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":47069,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-47068","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-local"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/47068","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=47068"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/47068\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":47070,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/47068\/revisions\/47070"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/47069"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=47068"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=47068"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=47068"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}