{"id":46457,"date":"2016-08-25T08:37:02","date_gmt":"2016-08-25T13:37:02","guid":{"rendered":"http:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=46457"},"modified":"2016-08-25T08:37:02","modified_gmt":"2016-08-25T13:37:02","slug":"consejo-general-del-ite-unico-facultado-para-retener-prerrogativas-a-partidos-tet","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=46457","title":{"rendered":"Consejo General del ITE, \u00fanico facultado para retener prerrogativas a partidos: TET"},"content":{"rendered":"<p>Por considerar que no tiene ninguna facultad legal para retener prerrogativas a los partidos pol\u00edticos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revoc\u00f3 el oficio ITE-DPAF-435\/2016 emitido por la directora de Prerrogativas, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) sobre el descuento de financiamiento p\u00fablico al Partido Verde Ecologista de M\u00e9xico (PVEM), y orden\u00f3 al Consejo General de ese organismo a pronunciarse sobre el cumplimiento de la resoluci\u00f3n en materia de fiscalizaci\u00f3n ordenada por el Instituto Nacional Electoral (INE).<\/p>\n<p>El INE orden\u00f3 al ITE cumplir a una resoluci\u00f3n por medio de la cual sancion\u00f3 al PVEM con una multa, misma que orden\u00f3 aplicar a trav\u00e9s de reducci\u00f3n de sus ministraciones mensuales, motivo por el cual la directora de Prerrogativas, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n, emiti\u00f3 oficio por el cual comunic\u00f3 a ese partido que realizar\u00eda la retenci\u00f3n correspondiente en cumplimiento a la referida resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Sin embargo, al resolver el expediente TET-JE-339\/2016, los magistrados determinaron que la titular de la Direcci\u00f3n de Prerrogativas, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n del ITE, no es competente para pronunciarse respecto del cumplimiento o ejecuci\u00f3n de la resoluci\u00f3n emitida por el INE, pues no hay ninguna disposici\u00f3n legal ni reglamentaria en la que se le otorguen facultades para ello.<\/p>\n<p>\u201cCualquier afectaci\u00f3n en el monto de las ministraciones de los partidos pol\u00edticos, derivada de resoluciones o sentencias, debe ser revisado, analizado y aprobado por el Consejo General, que como m\u00e1ximo \u00f3rgano de direcci\u00f3n del Instituto\u00a0 tiene asignadas una serie de atribuciones, entre las cuales se encuentra determinar lo relativo a las ministraciones mensuales de los partidos pol\u00edticos. A la Direcci\u00f3n de Prerrogativas, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n, como \u00f3rgano ejecutivo, s\u00f3lo corresponde aplicar las decisiones del Consejo General\u201d, establece el resolutivo aprobado por el Pleno del ITE.<\/p>\n<p>En ese sentido, los magistrados revocaron el oficio ITE-DPAF-435\/2016, de 15 de julio de 2016, emitido por la directora de Prerrogativas, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n del ITE, y orden\u00f3 al Consejo General de ese organismo a pronunciarse sobre el cumplimiento de la resoluci\u00f3n en materia de fiscalizaci\u00f3n a cuya ejecuci\u00f3n lo vincul\u00f3 el INE, e informe al TET dentro de las 24 horas a que ello ocurra.<\/p>\n<p>Debe pagar alcalde de Nat\u00edvitas gratificaci\u00f3n de fin de a\u00f1o a s\u00edndico y regidores<\/p>\n<p>Por otra parte, el Pleno del TET orden\u00f3 al presidente municipal de Nat\u00edvitas, Cuauht\u00e9moc Barranco Palacios, pagar una gratificaci\u00f3n de fin de a\u00f1o del ejercicio fiscal de 2015 a la s\u00edndico municipal Carolina V\u00e1zquez Galicia y a los regidores Eduardo P\u00e9rez Quiroz y J. F\u00e9lix Lezama Hern\u00e1ndez, al convalidar que s\u00ed existi\u00f3 una partida presupuestal exprofeso aprobada por el cabildo del ayuntamiento.<\/p>\n<p>Y es que el \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n Superior (OFS) remiti\u00f3 al TET dos copias certificadas del presupuesto de egresos presentado por el ayuntamiento de Nat\u00edvitas, uno de ellos del 27 de octubre del a\u00f1o 2014, al cual agrega el presupuesto de egresos de 2015, mismo que en la partida 1000, en el apartado gratificaci\u00f3n de fin de a\u00f1o a funcionarios se estipula la cantidad de 67 mil 658.67 pesos.<\/p>\n<p>Al respecto, al resolver el expediente TET-JDC-010\/2016 y acumulados, los magistrados determinaron que la gratificaci\u00f3n que el presidente municipal debe pagar a la s\u00edndico y a los regidores debe ajustarse a esa cantidad econ\u00f3mica, es decir, 6 mil 819.24 para la primera y 2 mil 625.48 para los segundos.<\/p>\n<p>Confirman magistrados constancia de mayor\u00eda en Ahuashuatepec<\/p>\n<p>Por otra parte, al resolver el expediente TET-JDC-165\/2016, los magistrados electorales confirmaron el otorgamiento de la constancia de mayor\u00eda y validez a favor de la f\u00f3rmula postulada por el Partido Acci\u00f3n Nacional (PAN) en la comunidad de San Andr\u00e9s Ahuashuatepec, municipio de Tzompantepec.<\/p>\n<p>Lo anterior, despu\u00e9s de que Odil\u00f3n Cante Rodr\u00edguez y Bernardino V\u00e1zquez Hern\u00e1ndez buscaban la revocaci\u00f3n de la constancia de mayor\u00eda en esa jurisdicci\u00f3n al afirmar que hab\u00edan ganado la elecci\u00f3n de presidente de comunidad en los comicios del pasado 5 de junio.<\/p>\n<p>Sin embargo, se constat\u00f3 que ambos ciudadanos no contaron con el requisito indispensable de estar registrados por el ITE al d\u00eda de la jornada electoral, toda vez que la cancelaci\u00f3n de sus candidaturas se dio poco d\u00edas antes de llevarse a cabo la elecci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por considerar que no tiene ninguna facultad legal para retener prerrogativas a los partidos pol\u00edticos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revoc\u00f3 el oficio ITE-DPAF-435\/2016 emitido por la directora de Prerrogativas, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) sobre el descuento de financiamiento p\u00fablico al Partido Verde Ecologista de M\u00e9xico (PVEM), y orden\u00f3 al Consejo General de ese organismo a pronunciarse sobre el cumplimiento de la resoluci\u00f3n en materia de fiscalizaci\u00f3n ordenada por el Instituto Nacional Electoral (INE).<br \/>\nEl INE orden\u00f3 al ITE cumplir a una resoluci\u00f3n por medio de la cual sancion\u00f3 al PVEM con una multa, misma que orden\u00f3 aplicar a trav\u00e9s de reducci\u00f3n de sus ministraciones mensuales, motivo por el cual la directora de Prerrogativas, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n, emiti\u00f3 oficio por el cual comunic\u00f3 a ese partido que realizar\u00eda la retenci\u00f3n correspondiente en cumplimiento a la referida resoluci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":46458,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-46457","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-local"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/46457","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=46457"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/46457\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":46459,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/46457\/revisions\/46459"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/46458"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=46457"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=46457"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=46457"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}