{"id":43834,"date":"2016-04-27T08:39:04","date_gmt":"2016-04-27T13:39:04","guid":{"rendered":"http:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=43834"},"modified":"2016-04-27T08:39:04","modified_gmt":"2016-04-27T13:39:04","slug":"sobresee-tet-impugnacion-contra-registro-de-candidatos-a-diputados-del-pt","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/?p=43834","title":{"rendered":"Sobresee TET impugnaci\u00f3n contra registro de candidatos a diputados del PT"},"content":{"rendered":"<p>El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) sobresey\u00f3 el juicio para la protecci\u00f3n de los derechos pol\u00edtico-electorales del ciudadano interpuesto por los petistas Joaqu\u00edn Pluma Morales y Maximino Tapia Flores, en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) que resolvi\u00f3 el registro de candidatos a diputados a diputados por los principios de mayor\u00eda relativa y de representaci\u00f3n proporcional, presentados por el Partido del trabajo para el proceso electoral ordinario 2015-2016.<\/p>\n<p>Al resolver el expediente TET-JDC-043\/2016, los magistrados Hugo Morales Alan\u00eds, Jos\u00e9 Lumbreras Garc\u00eda y Luis Manuel Mu\u00f1oz Cuauhtle determinaron sobreseer la impugnaci\u00f3n porque si bien los actores refieren ser miembros vigentes de la Comisi\u00f3n Coordinadora Estatal del PT en Tlaxcala, en sesi\u00f3n ordinaria celebrada el 14 de enero de 2016 la Comisi\u00f3n Ejecutiva Nacional de ese instituto pol\u00edtico aprob\u00f3 que dicha Comisi\u00f3n se hiciera cargo de todas y cada una de las actividades que se deben desarrollar en el proceso electoral ordinario 2015-2016 en la entidad.<\/p>\n<p>Tal aprobaci\u00f3n, se\u00f1alaron los magistrados electorales, desvincul\u00f3 totalmente a la Comisi\u00f3n Coordinadora Estatal del PT de realizar actividad alguna dentro del proceso electoral local, con lo cual a los hoy actores \u201cno les depara representaci\u00f3n alguna\u201d, y al ya no ser parte dentro de dicho proceso, carecen de toda legitimaci\u00f3n para promover una impugnaci\u00f3n.<\/p>\n<p>A m\u00e1s de lo anterior, el proyecto aprobado por el Pleno del TET record\u00f3 que mediante sentencia de 17 de febrero de 2016, dictada dentro del expediente SUP-JDC 58\/2016, promovido por Joaqu\u00edn Pluma Morales y Maximino Tapia Flores, se confirm\u00f3 el nombramiento otorgado por la Comisi\u00f3n Ejecutiva Nacional del PT a Silvano Garay Ulloa, como comisionado pol\u00edtico nacional de ese instituto pol\u00edtico en Tlaxcala.<\/p>\n<p>\u201cPor consiguiente, la persona facultada para poder promover los juicios electorales, lo es Silvano Garay Ulloa\u201d y no los integrantes de la Comisi\u00f3n Coordinadora Estatal, \u201cpues es \u00e9l, quien tiene la personalidad acreditada ante el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones\u201d.<\/p>\n<p>Reencausa a inejecuci\u00f3n de sentencia caso de Panotla<\/p>\n<p>Por otra parte, el Pleno del TET aprob\u00f3 el reencauzamiento de un juicio para la protecci\u00f3n de los derechos pol\u00edtico-electorales del ciudadano presentado por la s\u00edndico municipal de Panotla, Engracia Morales \u00c1vila, a un incidente de inejecuci\u00f3n de sentencia en contra del alcalde de esa jurisdicci\u00f3n Sa\u00fal Cano Hern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>La pretensi\u00f3n de la s\u00edndico es que el presidente municipal deje sin efecto la determinaci\u00f3n por la que le redujo la precepci\u00f3n econ\u00f3mica que recibe por el ejercicio del cargo en el ayuntamiento de Panotla.<\/p>\n<p>Los magistrados electorales observaron que si bien lo ordinario era sustanciar y resolver como juicio de protecci\u00f3n de los derechos pol\u00edtico-electorales del ciudadano, ante el deber constitucional y legal que tiene el TET de analizar las constancias bajo los par\u00e1metros de congruencia y exhaustividad, advirtieron que este asunto se encuentra estrechamente relacionado con la materia de diverso juicio ciudadano radicado en el mismo Tribunal, identificado con la clave TET-JDC-007\/2016.<\/p>\n<p>Al resolverse dicho expediente, recordaron, se orden\u00f3 al presidente municipal de Panotla abstenerse, en lo sucesivo, de retener de forma parcial o total la remuneraci\u00f3n econ\u00f3mica que a la s\u00edndico le corresponde.<\/p>\n<p>Por tanto, la ponencia encabezada por el magistrado Luis Manuel Mu\u00f1oz Cauhtle propuso el reencauzamiento a incidente de inejecuci\u00f3n de sentencia, lo que \u201cno constituye un acuerdo de mero tr\u00e1mite, pues tiene trascendencia en cuanto al curso que debe darse al escrito de demanda\u201d.<\/p>\n<p>La propuesta fue aceptada por unanimidad, con lo cual se reencaus\u00f3 la demanda. Lo anterior, toda vez que lo que se impugna constituye un acto que afecta un derecho reconocido a la actora en una sentencia firme.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) sobresey\u00f3 el juicio para la protecci\u00f3n de los derechos pol\u00edtico-electorales del ciudadano interpuesto por los petistas Joaqu\u00edn Pluma Morales y Maximino Tapia Flores, en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) que resolvi\u00f3 el registro de candidatos a diputados a diputados por los principios de mayor\u00eda relativa y de representaci\u00f3n proporcional, presentados por el Partido del trabajo para el proceso electoral ordinario 2015-2016.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":43835,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-43834","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-local"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43834","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=43834"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43834\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":43836,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43834\/revisions\/43836"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/43835"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=43834"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=43834"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.contextosdigital.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=43834"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}